En orden a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando en sede Constitucional. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la medida cautelar innominada solicitada por la ciudadana Laura Milena Salas Aguilar, titular de la cedula de identidad N.º V-15.297.778.
SEGUNDO: Se ORDENA a los ciudadanos Representantes Legales de la Alcaldía Bolivariana de Tinaquillo del estado Cojedes al acatamiento de la presente decisión y restituyan a su puesto de trabajo a la ciudadana Laura Milena Salas Aguilar, titular de la cedula de identidad N.º V-15.297.778; a los fines de evitar que quede ilusoria la ejecución del fallo, sustentada en la legitimidad de los actos del Poder Público.
De conformidad con el artículo 29 de la Ley de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la Presente.....