En mérito de las anteriores observaciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en sede Contencioso Administrativa; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de NULIDAD DE EFECTOS PARTICULARES contra acto administrativo (auto), de fecha 08/02/2017; dictado por la DIRECCIÓN DE REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo. SEGUNDO: CON LUGAR la Disolución del SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE AGROPECUARIA FLOR DEL LLANO (SUNTRAAFLOLLA). TERCERO: SE ORDENA NOTIFICAR A LA SALA DE REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES, para que proceda a estampar la correspondiente nota de cancelación de la matrícula de la organización sindical en los registros habidos en dichas oficinas.