DECISIÓN.
En orden a los razonamientos anteriormente expuestos y fundamentados, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR y por ende PROCEDENTE la solicitud medida cautelar innominada hecha por los ciudadanos LUIS ADOLFO BELLI LEONE y HAISAM BOU DIAB NEIME, titulares de la cédula de identidad Nos-. V-7.059.409 y V-7.560.933, en su condición de Gerente de Producción y Vicepresidente, y Gerente de Comercialización de la entidad de trabajo VENEZOLANA DE RADIADORES S.A. (VERSA), respectivamente, asistidos por los Abogados RUBÉN RODRÍGUEZ Y GUSTAVO MATUTE, debidamente inscritos por ante el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números 101.508 y 9.982 respectivamente, representantes judiciales de la referida empresa; en su condición de trab.....