En merito a los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA, y por ende CON LUGAR la presente demanda que interpusieron los ciudadano CARLOS ALEXANDER GARCIA ORTEGA, LUIS ANGEL MENDOZA PERAZA, ALFREDO JOSÉ SANOJA TROCOLI y JAVIER DAVID SOSA SILVA, antes identificados, contra la entidad de trabajo ASOCIACION COOPERATIVA OPERADORES LOGISTICOS GOLPE 2021 R.L. Y así se decide. SEGUNDO: LA FALTA DE CUALIDAD PARA SOSTENER EL PRSENTE JUICIO, y por ende SIN LUGAR LA DEMANDA para contra la demandada solidaria la entidad de trabajo CENTRAL COJEDES, C.A. Y así se decide.
Hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.