En orden a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos: CARLOS ENRIQUE MELENDEZ TORRES y WALDO PASTOR LINAREZ MADRID, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.019.426 y 5.952.616, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio ciudadana RAMONA MARGARITA VELÁZQUEZ GARCÉS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 111.353, contra EMPRESA ASOCIATIVA SEGURIDAD RIO JORDAN 333-7 y solidariamente responsable la empresa PDVSA AGRICOLA.