Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, IN LIMINE LITIS; el Recurso de Amparo interpuesto por el ciudadano, NELSON JOSÉ BARRETO ROJAS, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.323.397 contra el presunto agraviante COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL DE TELEFONOS DE VENEZUELA (C. A. N. T. V.)