Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JOSÉ VICTORIANO RANGEL, VENEZOLANO, C.I. 24.742.208 y la AGROPECUARIA LA BATALLA C.A., en la persona de ciudadano JESUS E. RODRIGUEZ ARMAS, C.I.1.722.624, y en consecuencia se condena al pago de la suma de QUINCE MILLONES CUATROSCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA BOLIVARES (15.491.590,00), por concepto de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES a favor del ciudadano JOSÉ VICTORIANO RANGEL, VENEZOLANO, C.I. 24.742.208