En el día de hoy, lunes veintisiete (27) de marzo del año dos mil seis (2006), siendo las once de la mañana (1100 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal. Se deja expresa constancia de que ni la parte actora, ni la parte demandada no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de Apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 147°. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA
ABG. DILJOSETT MENDOZA RIVAS
LA SECRETARIA.
ABG.
ASUNTO: HP01-L-2005-000135