D E C I S I Ó N
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana; ZOBEIDA JOSEFINA OLIVERA, contra la entidad de trabajo CENTRO CLINICO DE CIRUGIA Y MATERNIDAD SAN ANTONIO C,A; y solidariamente al ciudadano EDUARDO GOMEZ; por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES, condenándose a la parte demandada al pago de la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLIVARES CON TRECE CENTIMOS (Bs. 59.874,13), correspondiente a los conceptos anteriormente señalados.