Asi las cosas, una vez verificadas las facultades de los mencionados apoderados judiciales, de conformidad al principio constitucional de irrenunciabilidad de los derechos de los trabajadores, al ciudadano JOSE FELIX MARTINEZ C.I Nº 6.587.059, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciaciòn Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, luego de haber revisado las actas procesales, observa al folios 63, titulo valor a favor del demandante JOSE FELIX MARTINEZ , girados en contra del Banco Plaza, números 16561580 cumplimiendo con el pago acordado en el acuerdo transaccional por parte de la demandada al presente juicio por la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS ( Bs.60.000,00), en consecuencia, de este acuerdo en el que el actor declara satisfechos todos los derechos que le hubiesen podido corresponder en este juicio, es por lo que de conformidad con lo establecido en el articulo 89 y 258 de la Constitución de .....