DISPOSITIVA DEL FALLO
Siendo así lo anteriormente indicado, y como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio, se constata que transcurrió holgadamente mas del lapso establecido en los artículos antes señalados, es decir, un (01) año y siete (07) días en que la parte accionante, quien debería ser la mas interesada haya impulsado el proceso, no lo hizo, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con sede en la ciudad de San Carlos, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio que por cobro de Prestaciones Sociales interpusiera el ciudadano JOSE JESUS VILLEGAS, titular de la cédula de identidad No- 9.530.347, en contra del ciudadano GIOVANNI POZZONNI, titular de la cédula de identidad Nº E- 82.168.406. ASI SE DECIDE.
REGISTRESE, .....