Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el cobro de prestaciones sociales incoado por el ciudadano JESUS ANTONIO TORREALBA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad No- 6.691.695, representado judicialmente por los Abgs. FERNANDO CURIEL y ORLANDO JOSE LORETO, identificado en autos, en contra de la Sociedad Mercantil CERVECERIA POLAR, C.A, y lo condena al pago de la cantidad de UN MIL NOVECIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS CUATRO BOLIVARES FUERTES (Bs.F 1.914.904,00) correspondientes a los conceptos anteriormente señalados, mas los intereses de mora constitucionales, mas la corrección monetaria, ambos conceptos serán calculados por un experto contable designado por este Tribunal a solicitud de parte interesada. ASI SE DECIDE.