Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el cobro de prestaciones sociales incoado por la Abg. RAMONA MARGARITA VELAZQUEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 111.353, actuando en representación judicial del ciudadano LUIS ENRIQUE SALAS MORA, titular de la cédula de identidad Nº 12.338.409, en contra de los accionados de autos, a bien saber, PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES CEGUI, C.A y a título personal los ciudadanos CESAR GUILLEN y JOSE MIGUEL ISAMIT, y los condena al pago solidario de la cantidad de TREINTA Y TRES MIL NUEVE BOLIVARES FUERTES CON NOVENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.f 33.009,96) correspondientes a los conceptos anteriormente señalados, mas los intereses de mora constitucionales establecidos en el artículo 92 de la Carta Magna, mas la corrección monetaria, mas l.....