DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR el cobro de diferencia de prestaciones sociales incoado por los ciudadanos ELISEO JOSE AGUILAR AULAR y AGUSTIN RAFAEL ANDRADE SOTO, plenamente identificados en autos, representados judicialmente por las Abgs. IVYS ROSA MORILLO y SOLIS BELLA SUAREZ, igualmente identificadas en los autos, en contra de la sociedad mercantil TRANSPORTE NASER, C.A, en la persona de sus representantes legales, y la condena al pago de la cantidad de CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 52.186,46), cantidad esta obtenida con la sumatoria de los montos que le corresponde a cada uno de los accionantes, con motivo a los conceptos anteriormente señalados. ASI SE DECIDE.