ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA, PRIMERO: IMPARTE LA DEBIDA HOMOLOGACIÓN, dándosele para sí el carácter de autoridad pasada en Cosa Juzgada. Y ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Se ordena el cierre del presente asunto, y se ordena su remisión al Archivo Sede para su guarda y custodia. Y ASI SE DECIDE. TERCERO: en cuanto a la solicitud de copias certificada de la presente decisión, este Tribunal acuerda las mismas, en virtud que no es contraria a derecho. Expídase la copia certificada por Secretaría de la presente decisión a la parte solicitante, debiendo el solicitante proveer las copias simples para su debida certificación por secretaria.