Escuchadas las conversaciones LOS REPRESENTATES JUDICIALES DE LA DEMANDADA entregan en el presente acto cheque del Banco Bicentenario del Pueblo, de fecha 20-06-2016 por la cantidad de TRESCIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs. 320.318,15) siendo que con el presente pago, la demandada da cumplimiento a lo pactado mediante acta de mediación de fecha 12-11-2015. La ciudadana jueza Titular, una vez verificado el pago del monto acordado, de conformidad a lo establecido en el artículo 89 numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en atención a su contenido, HOMOLOGA el presente asunto a los fines que tenga autoridad de cosa juzgada; y procede a realizar la siguiente DECLARATORIA: este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nom.....