En mérito de las razones expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: Con Lugar la acción de Divorcio incoada por la ciudadana Yelitza Maria Arocha Serrano, en contra del ciudadano Jaime Isaac Molinares Martínez, ambos plenamente identificados, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une desde el día 20 de octubre del año 2.000, a partir de la publicación de la presente sentencia; Segundo: Con respecto a la niña SE OMITE NOMBRE, ya identificada, se establece el siguiente régimen: En lo relativo a la Responsabilidad de Crianza esta corresponde a la ciudadana Yelitza Maria Arocha Serrano, quien podrá fijar la residencia de la precintada niña de acuerdo a lo estipulado en el artículo 360 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.