ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: Primero: Con Lugar El Divorcio y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que unía a los ciudadanos: ANGEL EDUARDO LEON y EMIRA LISBETH PADRON OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.747.016 y V-10.320.711, respectivamente; a partir de la fecha de la publicación de la presente Sentencia. Segundo: En cuanto a la PATRIA POTESTAD, GUARDA, REGIMEN DE VISITAS y OBLIGACION ALIMENTARIA; de la adolescente: xxxxxxxxx y el niño: xxxxxxxxxxxxx. Esta Juzgadora observa que los acuerdos a que han llegado las partes en los términos antes citados, no son contrarios a derecho; versan sobre derechos disponibles y no lesionan los derechos o intereses legítimos de la adolescente: xxxxxxx y el niño: xxxxxxxxxxxx; y por el contrario satisface el derecho que le asiste en consecuencia este Tribunal H O M O L O G A, el procedimie.....