Interviene el abogado de la parte demandada y expone: visto el acuerdo a que han llegado las partes solicito al Tribunal el levantamiento de las medidas que le fueron impuesta a mi representado, por cuanto ya no se amerita. En este estado interviene la jueza y expone: Visto el contenido del Acta convenio que antecede, estando este Convenimiento previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), y comprobado que efectivamente no se vulneran los derechos de la niña; por el contrario se protege el interés superior de la niña consagrado en el Artículo 8 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE (LOPNA); Este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, celebrado entre las partes ya identificadas, en los términos: antes mencionados. Y por cuanto esta .....