DECISION:
En mérito de lo analizado y expuesto esta Juzgadora ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA :
PRIMERO: Se declara CONFESO al ciudadano PEDRO ALEJANDRO RIVAS PÉREZ., , se declara con lugar la solicitud de modificación de la guarda respecto los adolescentes xxxxxxx, xxxxxxxx y al niño xxxxxxxxx y se confiere a su madre , la ciudadana de REYNA JOSEFINA SOLORZANO AGUIRRE el derecho de ejercer preferentemente la guarda, por ende se le confiere la custodia, asistencia material, vigilancia y educación moral y educativa del niño xxxxxxxx, y de los adolescentes xxxxx, xxxxxxxxxx e igualmente se le faculta para imponerles correcciones acorde con su edad y desarrollo físico y mental.
SEGUNDO: Se concede al ciudadano PEDRO ALEJANDRO RIVAS PÉREZ., quien no ostenta la guarda de sus hijos por efecto de la presente sentencia , el derecho de visitar a sus hijos tres días a la semana, durante dos horas a co.....