IV.- DECISIÓN.-
Por los razonamientos legales y doctrinarios antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, se declara COMPETENTE para conocer de la presente demanda de EJECUCIÓN DE LAUDO ARBITRAL, presentada por sociedad mercantil BANCO DEL CARIBE C.A., BANCO UNIVERSAL, en contra de los ciudadanos ALEJANDRINA GUEVARA DE DÍAZ, ELOY JACINTO DÍAZ GUEVARA, MIGUEL ALEJANDRO DÍAZ GUEVARA y MARÍA ALEJANDRINA DÍAZ GUEVARA, en sus carácter de integrantes de la Sucesión de ELOY JACINTO DÍAZ OCHOA(+), todos plenamente identificados en actas, por la materia, la cuantía y el territorio. No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión. Así se decide.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada por Se.....