VI.- Decisión.-
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, Niega por las medidas preventivas típica de Secuestro y Prohibición de Enajenar y Gravar solicitadas por el abogado Elvis Alexis Cordero Rodríguez, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano Hermes Alexis Cordero Aparicio, en el juicio por Cobro de Bolívares (procedimiento por Intimación) en contra de ciudadano Isaías Leonardo Laguna Malpica, todos identificados en actas. Así se declara.-
No hay condenatoria en costas. Así se advierte.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente Decisión, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Ci.....