Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara CON LUGAR de la presente demanda MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO (CONCUBINATO) intentada por la ciudadana LIGIA MERCEDES RODRÍGUEZ, asistida por el abogado JESÚS RAMÓN BARRETO, en contra de los herederos conocidos del ciudadano NEMESIO MARTÍNEZ (+), ciudadanos ROSA JOSEFINA MARTINEZ RODRÍGUEZ, LILIBETH MARÍA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, ANA LUISA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, NORYS MARÍA MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, JOSÉ MIGUEL MARTÍNEZ RODRÍGUEZ y JOSÉ MELECIO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, todos identificados en actas, así como sus herederos desconocidos. En consecuencia, se declara que dicha unión estable de hecho se inició el día treinta y uno (31) de diciembre del año 1967 y finalizó el día nueve (9) de enero del año 2009, f.....