IV.- DECISIÓN.-
Por las razones y argumentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, formulada por e la ciudadana JUANA FLORES RODRÍGUEZ, mediante su apoderado judicial el abogado RAFAEL TOVÍAS ARTEAGA ALVARADO, ambos suficientemente identificados en actas.-
SEGUNDO: Se ORDENA a la oficina de REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA MANUEL MANRIQUE DEL MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA y al REGISTRO PRINCIPAL, ambos DEL ESTADO BOLIVARIANO DE COJEDES, en su orden, estampar la debida nota marginal en el Acta de Estado Civil asentada en los libros de Registros de Nacimiento signada con el número 64, anotada en el libro del año 1957, así c.....