En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho declara CON LUGAR la oposición planteada por el ciudadano ISIDRO DA SILVA NUNES, debidamente asistido por el abogado SIMÓN FIDEL BORGES RODRIGUEZ, ambos identificados en actas, en contra de la medida cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar dictada en fecha 04 de noviembre del año dos diez ( 2010); en consecuencia, se ordena LEVANTAR la indicada medida Preventiva Típica de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble constituido por el terreno y las construcciones sobre este construidas, ubicado en la avenida Elías Nazar Arroyo con calle Caja de Agua del municipio San Carlos (hoy Ezequiel Zamora) del estado Cojedes (antes circunvalación avenida Portuguesa), Nº 1-20, al.....