IV.- Decisión.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho que han sido expresados, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, Homologa el Desistimiento, formulado por la ciudadana Elia del Carmen Figueredo, asistida por la abogada Elba Xiomara Fagundez Heras, en la presente Acción Mero Declarativa de Unión Estable de Hecho intentada en contra de los ciudadanos Carmen Aida Moreno Figueredo, Miguel Angel Moreno Figueredo, Pedro Damián Moreno Figueredo, Luis Alfredo Moreno Figueredo, José Gregorio Moreno Figueredo y Oduvis Carolina Moreno Figueredo, en su carácter de Herederos Conocidos del de Cujus Pedro Damián Moreno (+). Así se establece.-
No hay condenatoria en costas en virtud de que no se trabo la litis en la.....