VI.- DECISIÓN.-
Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara PROCEDENTE la medida típica de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un bien inmueble propiedad del ciudadano DARWIN ORLANDO RODRÍGUEZ DÍAZ, constituido por una casa de habitación distinguida con el Nº 5-88, Dos (2) locales comerciales y terreno propio con un área de terreno de CUATROCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y TRES CENTÍMETROS CUADRADOS (412,93 Mts2), ubicado en la avenida Bolívar, sector Centro II, casa S/N, Las Vegas, municipio Rómulo Gallegos, estado Cojedes, alinderado así: NORTE: Terreno ocupado por Diosa Cuello; SUR: Terreno ocupado por Glamira Elmasri; ESTE: Terreno ocupado por Claud.....