Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la presente acción de Amparo Constitucional incoada por los ciudadanos EDLUY MAURICIO DÍAZ BRICEÑO y ROSS AUDY VILLALBA GUERRA, mediante su apoderada judicial, profesional del derecho DAISY GARCÍA MENDOZA, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL BOLIVARIANO DE ESTADO COJEDES, representada por los PABLO RODRÍGUEZ y ANA TERESA FARFAN, en sus caracteres de ALCALDE y SÍNDICA PROCURADORA DEL MUNICIPIO EZEQUIEL ZAMORA DEL BOLIVARIANO DE ESTADO COJEDES, todos suficientemente identificados en actas.-
SEGUNDO: ADMITE la presente acción de Amparo Constitucional incoada por los ciudadanos EDLUY MAURICIO DÍAZ BRICEÑO y R.....