Por todos los razonamientos y argumentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley y conforme a Derecho, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE por la materia para conocer de la presente demanda de Cobro de Bolívares derivado de Facturas, intentada por la sociedad mercantil PROYECTOS E INVERSIONES EL MARQUEZ, C.A., contra el MUNICIPIO SAN CARLOS DEL ESTADO COJEDES, todos identificados en actas; en consecuencia, DECLINA la Competencia para que conozca la presente demanda en el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE, con sede en la ciudad de Valencia, estado Carabobo.-
SEGUNDO: Remítase el expediente en su oportunidad, al JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO-NORTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO .....