Por las razones expuestas, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y conforme a derecho Ordena Ex Officio (De oficio) la ejecución de la sentencia dictada por éste Tribunal en fecha veinticuatro (24) de enero de mil novecientos noventa y cuatro (1994), a cuyo efecto, se acuerda oficiar lo conducente al Coordinador del Registro Civil del municipio Falcón del estado Cojedes y al Registrador Principal del estado Cojedes, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 475 y 507 del Código Civil, remitiéndole copia certificada de la referida sentencia, la cual declaró CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano MANUEL LORENZO UZCATEGUI CAMACHO, en contra de la ciudadana ARGELIA JOSEFINA NAVARRO DÍAZ, plenamente identificados en autos y del presente.....