Por las razones expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, asume la competencia para conocer de la demanda de Desalojo, propuesta por el Abogado Miguel Antonio Duque Santamaría, titular de la cédula de identidad Nº V-7.021.252, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 159.779, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana María Lucia Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.100.078, contra el ciudadano José Antonio Flores Anzola, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-7.272.470.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en San Carlos de Austria, a los veintiocho (28) días del mes de enero del año dos mil diecinueve (2019). Años: 208º de la Independencia y 159º de la Federación.
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