Vista la diligencia de fecha veinticuatro (24) del presente mes y año, suscrita por el abogado EDDIEZ JOSÉ SEVILLA RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 70.023, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana AIDEE MARÍA CASADIEGO DE SANDOVAL, mediante la cual formalmente desiste tanto de la acción como del procedimiento incoado por su mandante en contra de los ciudadanos EFRAIN ANTONIO SANDOVAL y OSCAR WILFREDO GARCÍA NOGUERA; y asimismo, vista la aceptación que de dicho desistimiento hiciera la abogada ROSA ELENA ROMERO CORONEL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 40.028, en representación de los mencionados ciudadanos; este Tribunal, por cuanto observa que el desistimiento expresado no trata sobre materia indisponible, es decir, no se refiere a materias sobre las cuales estén prohibidas los mismos, ni atenta contra el orden público o las buenas costumbres, así como tampoco contradice lo establecido en los referidos artículos 263 y 264 de.....