En consecuencia, plenamente comprobada la causal de divorcio alegada, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185-A del Código Civil, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la solicitud de DIVORCIO de los cónyuges, RAFAEL AUGUSTO MORENO y MARIA MIGUELINA MARTÍNEZ SARMIENTO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.535.128 y V-9.534.242, respectivamente, por no encontrarse llenos los extremos previstos en el artículo 185-A del Código Civil venezolano.-
Publíquese, Regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, en San Carlos a los veinticinco (25) días del mes de Junio de d.....