En fuerza de las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación propuesto por el abogado OSWALDO RIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.470, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ROSA DELMIRA HERMOSO, contra la decisión dictada por el Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha 26 de septiembre de 2008, en la que declaró la improcedencia de la oposición de la tercera interesada opositora ciudadana ROSA DELMIRA HERMOSO DE FIGUEREDO, a la medida ejecutiva de embargo practicada en fecha 12 de agosto de 2008 por el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón, Anzoátegui y El Pao, Ricaurte y G.....