En virtud de las razones de hecho y de derecho antes expuestas, conforme a lo establecido en los artículos precedentes, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la REPOSICION DE LA CAUSA AL ESTADO, de que el Juzgado comisionado libre nuevo cartel de citación al demandado de autos ciudadano ALBERTO ANTONIO SALCEDO BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-5.105.396, conforme lo establece el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, dando cumplimiento a todas sus formalidades, por lo que, se debe desglosar en su oportunidad la comisión signada con el Nro. 452-14, a los fines de dar cumplimiento a lo aquí establecido, en consecuencia, quedan nulos las actuaciones desde el folio cincuenta y tres (53) al folio sesenta y tres (63), así como, las actuaciones subsiguiente que .....