En consideración a lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO del PROCEDIMIENTO suscrito por la ciudadana NELLY MARGARITA ZAMBRANO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-9.538.271, debidamente asistida por el abogado ELIS NEGIN TORRES PINTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 234.940, parte demandante en la presente causa, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Vigente. SEGUNDO: Se ordena el desglose y la devolución de los documentos originales consignados en el expediente, previa su certificación en autos por Secretaría, comisionándose para la obtención de las copias al funcionario Ibrahin Ricardo Martínez García, titular de la Cédula de ide.....