Por lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE en razón a la materia para conocer la solicitud propuesta por la ciudadana Addy Esther Piña De Carmona, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.774.458, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio John Fitgerait Rivero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°251.947, contra el ciudadano Francisco Uvencio Berrios Teran, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.920.603, contenida en estos autos y acuerda remitir las presentes actuaciones al Órgano competente para ello en razón tanto a la materia, Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.-
Publíquese, regístrese, déjese copia certi.....