En conclusión y con fundamento a las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento y, declara INADMISIBLE la acción de REIVINDICACIÓN, interpuesta por el ciudadano ALBERTO JESÚS SÁNCHEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.451.494, domiciliado en la Urbanización Tamanaco, Avenida Arichuna, casa Nº E-18, I Etapa, Tinaquillo estado Cojedes, debidamente asistido por la Profesional del derecho ciudadana ROSAURA HERRERA DE UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.998.728, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el Nº 34.670, domiciliada en: Calle Páez, entre Carabobo y Figueredo, Edificio C.C. Izamat, local 1, de la ciudad de San Carlos, esta.....