Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la INHIBICIÓN planteada por el Abogado EMIRTON ISMAEL RODRIGUEZ TORRES, en su carácter de Jueza Temporal del Tribunal de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Cojedes, mediante acta de fecha veintidós (22) de Noviembre del año 2016, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: SE ACUERDA que la presente causa sea conocida por un(a) Juez(a) distinta al inhibido, para que continúe conociendo de la causa y no existiendo un tribunal distinto con igual competencia material y territorial a quien remitir la causa para su continuación, .....