Todo de conformidad con el artículo 620 literal "d", concatenado con el artículo 626 de la LOPNA, la cual consiste en la incorporación obligatoria para su vigilancia y control del sancionado por parte del Servicio de Libertad Asistida; el sancionado deberá ser incorporado deforma obligatoria a los planes creados por la institución; la misma deberá culminar en fecha 28 de junio del año 2008, de conformidad con el computo de la sanción debiendo el mismo así cumplir la presente sanción de Libertad Asistida. En este estado se exhorta a las partes a los fines de plantear sus observaciones: No teniendo nada que observar al efecto. Seguidamente se le preguntó al sancionado si entendió los términos de la presente decisión en cuanto a la sanción respondiendo que si entendió. Entando las partes presentes quedan notificadas del Auto de Ejecutoria de Medida dictado en esta misma fecha. Cumplida la finalidad de la Audiencia se da por terminada siendo las 11: 40 a.m., se leyó y conformes firman. A.....