DISPOSITIVA
En virtud de los considerando supra señalados, este Tribunal Primero de Ejecución del sistema de Responsabilidad Penal Adolescentes del Circuito Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA LA EJECUCIÓN Y REALIZACIÓN DE COMPUTO de la Medida PRIVACIÓN DE LIBERTAD, establecida en el artículo 628 eiusdem, por el lapso de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES, teniéndose como fecha tentativa de cumplimiento y culminación de su sanción privativa de Libertad el ONCE (11) DE NOVIEMBRE DE 2014, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, El sitio de reclusión donde el sancionado cumplirá la sanción privativa de libertad, es en la Entidad de Atención para adolescentes "FRAY PEDRO DE BERJAS" ubicada en Tinaco del Estado Cojedes. Se ordena que el Equipo Técnico designado al efecto, elabore el PLAN INDIVIDUAL el cual se basará en el estudio de los factores y carencias q.....