DISPOSITIVA
ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÒN DE EJECUCION DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Se DECLARA COMPETENTE para llevar y vigilar el control y ejecución de la Sanción impuestas al joven adulto (identidad que se omite de conformidad con el Articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) supra identificado, como lo es la medida de REGLAS DE CONDUCTA Por el lapso que le resta por cumplir de su sanción es decir CUATRO (04) MESES, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 614, 646, 647 literales ‘b’ y ‘f’ de la Ley Orgánica para la protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, 629, 630 literal ‘a’ ejusdem, en concordancia con el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se fija la audiencia de imposición de la declinatoria .....