Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: DECLINAR LA COMPETENCIA, DE LA CAUSA 1E-146-05 SEGUIDA AL SANCINADO (IDENTIFICACIÓN QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65, PARAGRAFO 2do. DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE), EN EL JUZGADO EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DE VALENCIA ESTADO CARABOBO, todo de conformidad con los artículos 614 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente. Remítase el presente asunto al Juez de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de Valencia del Estado Carabobo, mediante oficio. Notifíquese a las partes de la pres.....