Decisión:
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: revisar y mantener las medidas sancionatorias impuestas de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) año y Reglas de conducta por el Lapso de UN (01) año que deberá continuar cumpliendo de manera simultanea, fijándose la revisión para el 22 de Octubre de 2013 a las 10:30 de la mañana. SEGUNDO: a tenor de lo establecido en el artículo 474 del CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, artículo 26 Constitucional, artículo 646 y 647 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, y 173 del CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL, CORRIGE EL COMPUTO DE LAS SANCIONES IMPUESTAS AL JOVEN ADULTO (identidad que se omite de conformidad con el Articulo 65 parágrafo segundo de la Ley Or.....