ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. ACUERDA: PRIMERO: Mantener la medida de sanción de libertad asistida hasta el vencimiento de la sanción el día 17 de octubre de 2006, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 647 literal E de la LOPNA así se decide. Es todo. Siendo las 2:20 p.m., se termino se leyó y conformes firman.