Por lo antes expuesto, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: SUSPENDER EL PRESENTE JUICIO ORAL Y PRIVADO y fijar su CONTINUACIÓN para el día LUNES, VEINTIOCHO (28) DE MAYO DE 2012 A LAS 02:00 HORAS DE LA TARDE. Quedan las partes presentes, y los ciudadanos Escabinos debidamente citados. SEGUNDO: Se ordenó CONDUCIR POR LA FUERZA ante este Tribunal a los ciudadanos funcionario José González y el distinguido Roberto aponte comisionándose al Instituto Autónomo de Policía Bolivariana del Estado Cojedes, a realizar esta diligencia. Con la firma de la presente acta quedan las partes presentes formalmente notificadas. Cítese a los expertos, testigos y funcionarios faltantes por evacuar. Cítese a la víctima de autos. Se deja constancia que en el presente acto se dio cumplimiento a las formalidades de ley exigidas para su validez. Es todo Terminó se leyó y conformes firman. Terminó siendo las 11:20 ho.....