V
DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación precedente, este Tribunal MIXTO de Primera Instancia en Funciones de Juicio del sistema de responsabilidad penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY acuerda: SANCIONAR AL ADOLESCENTE (IDENTIDAD QUE SE OMITE EN BASE AL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA), por encontrarlo penalmente responsable de la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto en el artículo 31 en su segundo aparte, de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano, y se sanciona a cumplir la medida de DOS (02) años de PRIVACION DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 628 Parágrafo segundo y la medida de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 626 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescent.....