DECISIÓN
Por las razones supra es por lo que este Tribunal, con fundamento en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, relacionado con el artículo 103 del Código Penal; estima que lo procedente en este caso es Declarar la EXTINCIÓN DE LA PENA, POR LA MUERTE DEL REO; de quien en vida respondiera al nombre de NURMEN ANAHIS BOLÍVAR CEDEÑO, hoy occisa.