este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: actualizar el computo de la pena impuesta al ciudadano: GARRIDO CRISTACHO FERNANDO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 13.899.230, quien fue condenado a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRESIDIO por el delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el artículo 375 Ordinal 1del Código Penal.-::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::
Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 40 del Código Penal, procede a realizar el nuevo cómputo de la pena impuesta al penado antes mencionado.-::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::
Ahora bien, del estudio de las.....