DECISIÓN
Por todas las razones de hecho y de derecho, supra expuestas, este Tribunal Único en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, con fundamento en los artículos 479 numeral 1º; 482; 484; 500 aparte segundo y numerales 1, 2, 3 y 4, relacionado con el 494 numerales 9 y 10; 506; 507; 510; todos son del Código Orgánico Procesal Penal. Artículos 4º; 5º; 7º; 61º; 64 literal "c"; 69º; todos son de la Ley de Régimen Penitenciario. Es del criterio que en esta oportunidad lo procedente es ACORDAR A FAVOR DEL CIUDADANO: JHONNY JOEL VASQUEZ ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.990.468, residenciado en la Manzana, 04, Casa Nº 07, Urbanización "Luis Arias Andrade", en San Carlos, estado Cojedes; la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena, consistente en la LIBERTAD CONDICIONAL; por cuanto estima el juzgador que en este caso están llenas de manera concurrente todas y cada de las circunstancias exigidas en el artículo 5.....